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Anticoncepción de Emergencia y las políticas públicas en Chile. PDF Imprimir E-Mail
viernes, 23 de mayo de 2008

La introducción de la Anticoncepción de Emergencia (AE) en las políticas y programas de salud de Chile ha sido un largo proceso que ha requerido el esfuerzo conjunto de diversos grupos académicos y de la sociedad civil.(1)  Sólo al cabo de un tiempo se contó con el compromiso de las autoridades de salud para el registro de un producto dedicado y su inclusión en las normativas de salud.

El proceso se inició en 1996, con un estudio de aceptabilidad de la AE realizado por ICMER, que mostró una alta aceptabilidad del método unida a gran  desconocimiento de la AE entre proveedores y usuarias. A partir de la información recogida se diseñó una estrategia de introducción con varios componentes: actividades de capacitación de profesionales, campañas de difusión pública, sensibilización de los medios de comunicación y documentación de los aspectos legales y bio-médicos. ICMER inició en esa época los estudios sobre el mecanismo de acción de la AE ya que fue una de las preocupaciones expresadas por las y los participantes del estudio.

Más adelante, ICMER se contactó con la industria farmacéutica para explorar el registro de un producto dedicado y preparamos un protocolo para la incorporación de la AE en las normas de atención en casos de agresión sexual, como el primer paso en la estrategia de introducción.

Los obstáculos fueron importantes desde el inicio de la introducción de la AE. Uno de ellos se manifestó en 1998, cuando el Ministerio de Salud presentó una Guía para la Detección y Respuesta al Abuso Sexual en Niños en las que se recomendaba el uso de AE para niñas agredidas sexualmente después de la menarquia. La presión conservadora redundó en que el Ministro de Salud ordenó agregar al documento una fe de erratas retirando la indicación de la AE.

La oposición conservadora fue aun más activa cuando, en el año 2001, el Instituto de Salud Pública (ISP), la agencia reguladora chilena, autorizó a una industria farmacéutica la comercialización de levonorgestrel como producto dedicado de AE. Esto motivó acciones judiciales en contra del ISP, el Ministerio de Salud y el laboratorio, las que resultaron en la prohibición de la venta de dicho producto.

La oposición a la AE ha sido concertada por grupos conservadores, algunos vinculados a la Iglesia Católica, por sectores del mundo bio-médico y político, y por organizaciones no gubernamentales que se definen contrarias al aborto. Estos grupos han ejercido presión a distintos niveles, centrando su estrategia en la posibilidad de un efecto anti-implantación de la AE y agregando ocasionalmente que el uso de AE podría dañar la salud de las mujeres o promover la promiscuidad sexual entre los adolescentes.

A pesar de la oposición, posteriormente se aprobó, bajo receta retenida, un segundo producto registrado de levonorgestrel fabricado por otro laboratorio, el que también fue objeto de acciones judiciales. Una vez desatado el proceso judicial se aunaron esfuerzos, se intensificó la estrategia comunicacional, se concertaron líneas de movilización con diversos tipos de organizaciones, se organizaron foros académicos y se trabajó con los medios de comunicación. Gracias a las actividades de capacitación y difusión realizadas con anterioridad, se contaba con profesionales con conocimientos especializados, incluyendo periodistas, cuyos aportes fueron muy valiosos. Varias organizaciones participaron también en la defensa de la AE en los procesos judiciales.

En el intertanto, el Ministerio de Salud preparó, con la colaboración de grupos académicos y de la sociedad civil, las “Normas y Guía Clínica Para la Atención en Servicios de Urgencia de Personas Víctimas de Violencia Sexual” que incluye la anticoncepción de emergencia. En abril del año 2004, se aprobaron  dichas normas por resolución exenta 527, las que no fueron objetadas ya que el proceso judicial contra la AE estaba en curso. Sin embargo, a pesar de esta normativa, el producto dedicado no ha estado disponible en todos los servicios mencionados y algunos proveedores/as se han negado a entregarla.

El segundo proceso judicial terminó en la Corte Suprema que rechazó el recurso contra la AE, en el año 2005, estableciendo que la aprobación del producto dedicado estaba dentro de las funciones del ISP.  De hecho, hay otros registros actualmente en trámite. Además, la AE se encuentra en el listado de medicamentos esenciales y el Ministerio de Salud, durante el año 2007, ha exigido que el producto dedicado esté a la venta en las farmacias.

Por otra parte, en el año 2002 se inició un largo proceso para actualizar las “Normas Nacionales sobre Regulación de la Fertilidad”, con inclusión de la AE. Dichas normas no fueron promulgadas durante la administración anterior, precisamente por incluir la AE como anticonceptivo. De hecho, el subsecretario de salud de la época fue destituido a comienzos del año 2005,  por anunciar que la AE estaría disponible para todas las mujeres que la requirieran en los servicios de salud.

Finalmente, las normas sobre regulación de la fertilidad fueron promulgadas en agosto del año 2006, en el gobierno de Michele Bachelet. Rápidamente fueron impugnadas por los grupos “provida” que llegaron hasta el Tribunal Constitucional el que, en marzo del año 2008, declaró inconstitucional el capítulo que se refiere a la AE.

Esta resolución determina que la AE no sea parte de las políticas y programas gubernamentales de regulación de la fertilidad y que no esté disponible como anticonceptivo en los servicios de salud públicos. No obstante, no objeta la comercialización de los productos dedicados y es posible que los consultorios que dependen de las municipalidades puedan entregarla si el gobierno local así lo decide.

La opinión pública se ha manifestado en forma masiva en contra de la resolución del Tribunal Constitucional, el tema ha tenido una amplia cobertura en los medios de comunicación, se han organizados numerosos foros con las más variadas audiencias e incluso personeros de los partidos políticos de derecha han expresado que no debería haberse presentado el recurso contra las normas. Este es un año de elecciones municipales y la AE seguramente será tema de las campañas. Dado que la expresión de repudio de la ciudadanía ha sido muy fuerte, el debate continuará.

La situación en Chile confirma la recomendación del CLAE sobre la necesidad de mantener una vigilancia activa y readecuar la estrategia para facilitar en acceso a la AE según los obstáculos que van apareciendo, fortaleciendo las alianzas entre las autoridades de salud, los grupos académicos y las ONGs.

 

Soledad Díaz
Instituto Chileno de Medicina Reproductiva (ICMER)


(1) Instituto Chileno de Medicina Reproductiva, CORSAPS, Instituto de la Mujer, Foro Abierto de Derechos Sexuales y Reproductivos,  Centro de Medicina Reproductiva del Adolescente, Asociación Chilena de Protección de la Familia, y otras.

 
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