BOLIVIA – MOIRA RIMASSA
Renovadas guerras santas contra la AE
Nos ilusionaba la existencia de avances en la consecución de estos derechos, que nos permitían vislumbrar con asombro la posibilidad que el estancamiento en materia de derechos avanzara y así tratar de disminuir el alto número de muertes de niñas y mujeres y el de los embarazos no deseados, devolviendo a las personas el legítimo derecho a decidir sobre el único territorio inalienable nuestro cuerpo.
Un repaso de América Latina nos muestra los avances en Bolivia, la sentencia favorable en Chile, las movilizaciones en Uruguay y Colombia, pero también, otras maneras de injerencia como USAID en el Perú, el amedrentamiento en Costa Rica y Ecuador y por supuesto la constatación de reductos fundamentalistas con muros tan altos como Nicaragua, Guatemala, entre otros, y donde los y las activistas son verdaderas/os gladiadoras/os modernas/os, luchando contra ellos.
Es interesante ver cómo hay distintos niveles o escenarios donde se da la lucha, desde los espacios legislativos a nivel de los gobiernos, pasando por los sistemas judiciales y terminado en las normas municipales como en el caso de Brasil. Paso a referirme al caso de Ecuador y a compartir notas breves de otros países.
Ecuador – rupturas en si mismo
Nos asombramos mucho cuando la Constitución Política Ecuatoriana, expedida en 1998, incorporó los derechos sexuales y los derechos reproductivos, respondiendo a la obligación de adecuar la legislación interna a los estándares internacionales previstos en los convenios suscritos por el Ecuador, particularmente a la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, CEDAW; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de Belem do Pará. Igualmente, la incorporación de la Anticoncepción de Emergencia en el capítulo de Planificación Familiar de las Normas de Salud Reproductiva del Ministerio de Salud Pública, desde 1998; además regulada en los protocolos de atención a víctimas de violencia sexual y de lesiones de la Fiscalía general de la Nación en 2002.
Actualmente, la situación de acceso al producto comercial específico de Anticoncepción de Emergencia como una de las expresiones que materializa el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos en el Ecuador, es amenazada por un recurso interpuesto al Tribunal Constitucional para suspender el Postinor 2 del mercado. El recurso de Amparo Constitucional fue aceptado en primera instancia, en base al argumento de que se atenta al derecho a la vida y a la protección a ésta desde su concepción. No fueron tomados en cuenta los argumentos y la evidencia científica presentada por un colectivo conformado por grupos de mujeres e instituciones que hacen la defensa de derechos, donde se demostraba que el mecanismo de anticoncepción de emergencia, no es un método abortivo sino anticonceptivo.
El Tribunal Constitucional decidió acoger el Amparo Constitucional presentado por el Dr. Fernando Rosero Rhode, director del Grupo Provida, resolución que suspende el Registro Sanitario del POSTINOR-2/LEVONORGESTREL- 0.75, ÚNICO producto utilizado por la OMS en sus estudios del método.
Entre los argumentos, reconocen al Dr. Rosero cómo "el defensor del grupo de los no nacidos y no cuantificables" y por otro lado se "censura" al Instituto Nacional de Higiene basándose en cuestiones técnicas por otorgar el Registro Sanitario.
Esta decisión meramente política, basada en intereses muy profundos y solapados, sobre todo cuando se vive en Ecuador un año electoral, viola el acceso de las mujeres ecuatorianas y de sus familias a los avances científicos y al derecho a elección. Por otro lado, negando a la mujer la opción de acceder a la Anticoncepción de Emergencia para evitar embarazos no deseados, se interfiere en su derecho a decidir sobre aspectos con implicaciones para su cuerpo y su libertad personal.
Es una verdadera pena, que el sistema judicial haya respondido censurando una marca comercial, cuando el tema de trasfondo es la prohibición de los productos a base de levonorgestrel. El Tribunal tuvo en sus manos la oportunidad crucial de defender públicamente lo establecido por el Ministerio de Salud Pública en sus Normas de Salud sexual y Reproductiva y en sus Protocolos y no entrar en guerras comerciales que no defienden derecho ciudadano alguno.
Quiero compartir con ustedes parte de un artículo enviado por compañeras ecuatorianas que refleja la impotencia, la rabia y el desconcierto que generan estas “guerras santas” ganadas por los fundamentalistas.
“…No fue suficiente la información científica de la ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD que expresa que LEVONORGESTREL NO TIENE EFECTO ANTIINPLANTATORIO, que paso? NO FUE SUFICIENTE LA EXPOSICION DE LA PROCURADURIA EXPRESANDO LO ILEGAL DE LA PRESENTACION DEL AMPARO? NO FUE SUFICIENTE LA EXPOSICION DEL MEDICO EXPLICANDO EL MECANISMO Y DEMOSTRANDO QUE NO HAY TERCER EFECTO?
¿Que pasó señores magistrados?
¡QUÉ VERGUENZA! ¡EL ECUADOR ES EL UNICO PAÍS EN AMERICA LATINA QUE IMPIDE LA COMERCIALIZACION DE LA ANTICONCEPCION DE EMERGENCIA! ¡PIRRICO TRIUNFO PROVIDA!...”
Como CLAE, a inicios del mes de mayo realizamos un proceso de apoyo antes de la sentencia, enviando una carta al Tribunal Constitucional y se logró el respaldo de la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología en Lima que fue enviado el 16 de mayo 2006. Lamentablemente, la evidencia científica y la documentación presentadas no fueron tomadas en cuenta ni consideradas suficiente por el Tribunal. Las actividades del colectivo de defensa del Ecuador a través de una estrategia comunicacional, judicial y política tampoco hicieron mella en la armadura fundamentalista del Tribunal.
Sin embargo, la lucha continúa, porque las ecuatorianas precisan más apoyo, ya que PROVIDA está pidiendo que la resolución se haga extensiva a los ANTICONCEPTIVOS ORALES que distribuye el Ministerio. ¿Qué pasará con las niñas, adolescentes y mujeres que son víctimas de violaciones? ¿Acaso las mujeres deberán volver a tener todos los hijos que dios mande?
Sumemos a esto que el gobierno lanzó, a petición de la iglesia católica el Decreto No 1441 del “Día del Niño por Nacer”, el mismo que dice textualmente; “…que el no nacido debe ser considerado persona natural, con todos los derechos…” Y que las oficinas de la Corporación Para la Prevención de Embarazos No deseados Ecuatoriana (COPPRENDE) fueron violentadas, cuantas personas no identificadas ingresaron y sacaron información institucional.
Existen hay acciones diferentes a las mostradas como la resolución con recomendaciones específicas sobre Derechos sexuales y reproductivos y Salud sexual y reproductivas del CONGRESO DE LA CONFEDERACION PARLAMENTARIA DE LAS AMERICAS (COPA) que se llevó a cabo en Quito del 29 de mayo al 3 de junio 2006. En dicha resolución, la Comisión de Salud y Protección Social, insta a todas/os los parlamentarios y parlamentarias presentes en la reunión y a la Red de Mujeres Parlamentarias de las Américas, a dar curso a la recomendación ante todas las asambleas parlamentarias de las Américas y las comisiones que se ocupan de la salud y equidad de género en dichas asambleas, para que se preste la atención necesaria a las cuestiones de salud sexual y reproductiva.
Es tiempo de actuar, es tiempo de apoyar, es tiempo de coordinar, y así estructurar una acción regional para enfrentar esos intentos de retroceso en materia de derechos; nosotros y nosotras debemos emprender una batalla solidaria, inclusiva, reforzar nuestros grupos o colectivos y seguir ganando centímetro a centímetro, la autonomía de decisión sobre el ejercicio ciudadano.
MOIRA RIMASSA PAZ
SECRETARIA TECNICA CLAE
moira@cistac.org
ste artículo recoge aportes del intercambio electrónico entre miembros del CLAE, especialmente las comunicaciones de Virginia Gómez y Ana de la Peña del Ecuador.
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